Fundación Europea de Medicina Tradicional Complementaria e Integrativa
El pasado 24 de febrero de 2017, se publicaba en el BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES, CONGRESO DE LOS DIPUTADOS, XII LEGISLATURA, Serie D: GENERAL, en su número 110, la Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a la mejora de la protección de los pacientes afectados por la pseudociencia (162/000337).
De manera casi automática, algunas Asociaciones del sector de las Terapias Naturales han puesto el grito en el cielo y se aprestan a organizar protestas, de momento aconsejando a sus miembros el envío de emails de protesta al correo electrónico del Presidente de Ciudadanos. Es como si con ello se defendiera mejor los derechos y libertades (que los tienen) de los profesionales del sector y, por ende, se afirman en la necesidad/conveniencia de pertenecer a la Asociación en cuestión, por mejor defender sus intereses.
De un análisis pausado de la Proposición no de Ley, podemos sacar dos conclusiones importantes:
No vemos motivo de oposición a lo que se plantea en la misma, en el sentido de que lo que se pretende es “llevar a cabo las modificaciones legales oportunas a fin de que los profesionales sanitarios estén obligados a comunicar a las autoridades legales pertinentes (fiscalía o juzgado de guardia) las prácticas llevadas a cabo por profesionales, titulados o no titulados, que alejadas de la evidencia científica pudieran causar un perjuicio real en la salud directa de sus pacientes. Todo ello se hará a fin de detectar malas prácticas que pongan en peligro la salud pública o la vida de los pacientes."
Para que dichas prácticas sean denunciables, se tienen que dar dos requisitos (1) que carezcan de evidencia científica y (2) que puedan causar un perjuicio real en la salud de los pacientes.
Desde siempre hemos defendido que la falta de regulación de las Terapias Naturales (y está será nuestra segunda conclusión) permite que entren en el mismo saco los buenos profesionales y los charlatanes, perjudicando a los primeros y a la ciudadanía en general. También sabemos que existe un sector de “pseudocientíficos” que encuentran su minuto de gloria en la negación de la evidencia científica de todo lo que suene a Terapias Naturales, auspiciando una especie de caza de brujas, en contra de todo lo que suene diferente de la “medicina alopática oficial”, occidental, ignorando las recomendaciones de la OMS en cuanto a las Medicinas Tradicionales.
En este sentido, sería bueno que la Proposición no de Ley contemplara también las falsas denuncias, en tanto en cuanto no se regulen las Terapias Naturales, como insistentemente reclama la OMS a los gobiernos, para evitar denuncias “ideológicas” o simplemente por interés económico.
Tal como se explicita en el texto de esta PNL:
“Numerosos profesionales que practican este tipo de terapias señalan que existe un vacío legal que regule su práctica. Sin embargo, las sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y del Tribunal Supremo en relación con el Decreto catalán 31/2007, por el que se regulan las condiciones para el ejercicio de determinadas terapias naturales señala que el hecho de que estas prácticas, al presentarse como sanitarias y terapéuticas, hace que se les aplique el régimen establecido en la regulación básica estatal, principalmente lo recogido en la Ley 14/1986 General de Sanidad, la Ley 44/2003, de ordenación de las profesiones sanitarias, y el Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre, por el que se establecen las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios. Una normativa que carece de supervisión para cerciorar su cumplimiento.
La falta de regulación generalizada en este ámbito tanto hacia los profesionales que las imparten o recomiendan, así como la falta de regulación sobre los productos y terapias que son consideradas efectivas o no, basadas en criterios científicos, ha supuesto la aparición de un limbo legal en el que existen pacientes que, desesperados por el avance de su enfermedad, abandonan tratamientos con posibilidad de curación por tratamientos naturales o pseudociencias que no están avaladas e indicadas, científicamente, para tratar sus dolencias.“
Nos sorprende que se impulse esta PNL y que, paralelamente, no se impulse la regulación, que se indica como necesaria en el texto de la misma.
Estamos de acuerdo en que se persiga el fraude y la chalatanería. En lo que no estamos de acuerdo es en que, con esta excusa, se fomente la persecución de los buenos profesionales de las Terapias Naturales, manteniendo sin regulación un sector que aporta beneficios indudables a la salud de los ciudadanos. Existe ya una Comisión al respecto (para la regulación de las Terapias Naturales) en el seno de la Comisión de Sanidad del Congreso de Diputados que, en su día inició sus trabajos y que actualmente está completamente parada. Se trataría de impulsar dicha Comisión para, finalmente, acabar aprobando la regulación que se pretende. El Decreto catalán 31/2007 fue un intento loable, que quedó anulado por las sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y del Tribunal Supremo, debido a que se trata de Legislación Estatal Básica, competencia exclusiva del Estado, y no por otras razones.
Muchas cosas han avanzado, sobre todo en el campo de la Acupuntura y la Medicina China, desde el año 2007 hasta nuestros días, como la regulación en países como USA, Australia, Portugal, UK, Bélgica, Alemania, Canadá, Chile, etc., etc., además de China y otros países del Sudeste Asiático, en los que se ha regulado como profesión sanitaria y que nos podrían servir de referente para una acertada regulación en España.
Acceder a la Proposición no de Ley
Ramón Mª Calduch
Vicepresidente FEMTC
Presidente Working Committee for Promoting the Regulation of TCM
1 Estrategia de la OMS sobre medicina tradicional 2014-2023.ISBN 978 92 4 350609 8