Por Ramón Mª Calduch
Vicepresidente de la Fundación Europea de MTC
Obviamente el titular de prensa es que el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha decidido anular la totalidad del Decreto de Terapias Naturales de la Generalitat de Cataluña, por invasión de competencias del Estado, y ello es así.
La fiesta está servida y no faltaran protagonistas de una y otra parte que se apunten al carro de la polémica enarbolando banderas en defensa de sus intereses y pretendiendo salvar a uno u otro colectivo. A ello ya nos tienen acostumbrados y no hace falta mas que recordar tiempos pasados.
Sin embargo hay que ser cautos, a la hora de sacar conclusiones y analizar perspectivas de futuro al respecto.
Lo primero que debemos hacer es analizar con rigor la Sentencia en cuestión para, a partir de ahí, tratar de anticipar sus consecuencias.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC (Sección Segunda) que se constituyó para la resolución del recurso, objeto de la Sentencia, estaba compuesta por cinco Magistrados y en su votación tres de ellos abogaron por anular el Decreto y los otros dos por desestimar el recurso. Ello quiere decir que si sólo un Magistrado hubiera cambiado el voto, la Sentencia hubiera sido favorable al Decreto de Terapias Naturales.
Por otro lado, las dos Magistradas que votaron a favor de desestimar el recurso, emitieron su voto particular, al amparo del art. 260 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, voto que por su claridad, lógica jurídica y razonamiento, deja prácticamente redactado el recurso que los abogados de la Generalitat han de presentar ante el Tribunal Constitucional, caso que se decida hacerlo.
La Sentencia (y el voto particular) aborda exclusivamente la materia de si, en el caso del Decreto que nos ocupa, la Generalitat tiene capacidad normativa o si, por el contrario, ha invadido competencias básicas del Estado. Como hemos indicado, por tres votos a dos, la Sentencia determina que si se invaden dichas competencias básicas y anula el Decreto.
En un escrito mío anterior, de septiembre del 2007, ya explicaba, con motivo de la suspensión cautelar de algunos de los artículos del Decreto, escribía que:
“Todo ello llevará un tiempo que esperamos sirva para que las partes en litigio, utilizándolo sabiamente, después de un análisis concienzudo y real de la situación, lleguen a la conclusión de que este tema debe ser regulado a nivel estatal, aunque para ello haya que legislar mediante una legislación básica estatal respecto al tema que nos ocupa, que permita a las Comunidades Autónomas tener un control sobre las Terapias Naturales, como pretende la Generalitat de Cataluña, en defensa de los intereses de los ciudadanos y de los profesionales del sector, asegurando así la calidad necesaria e impidiendo la practica profesional de iluminados y falsos terapeutas que hoy campan a sus anchas, desprestigiando el sector y la profesión.
Desde la Fundación Europea de la Medicina Tradicional China, pensamos que estamos ante el debate de siempre pero a un nivel mucho más elevado. El problema sigue ahí, pero ahora el debate no es entre el colectivo sanitario y no sanitario, sino entre el Ministerio de Sanidad y la Consejería a de Salud de la Generalitat de Cataluña. Ya no estamos entre perseguidores y perseguidos sino que el tema está en los Tribunales, cada uno con sus argumentos y en igualdad de condiciones.
A uno, que las ha visto de muchos colores, se le antoja que este tema tiene que acabar en pacto. El tiempo lo dirá y mientras tanto seguiremos trabajando en la misma línea, formando buenos profesionales, divulgando la realidad de la MTC mediante congresos internacionales y todo tipo de eventos, subiendo cada año nuestro grado de exigencia y, a partir del próximo año, iniciando diversos proyectos de investigación clínica en colaboración con hospitales y universidades chinos, españoles y de diferentes países de Europa.”
Pues bien, sigo pensando lo mismo. Ahora, si la Generalitat recurre ante el Tribunal Constitucional (que espero que lo haga), además de tener muchas posibilidades de ganar, habrá situado la problemática existente al más alto nivel y esto es bueno para la solución al problema, ya que la perspectiva ha cambiado en los últimos años:
a) Nótese que, a diferencia de hace unos años, ya prácticamente nadie discute la necesidad de la regulación de las Terapias Naturales. De hecho, cada uno defendiendo sus intereses, todos los colectivos implicados reconocen públicamente la necesidad de dicha regulación.
b) Hoy todo el mundo sabe que, sólo en Cataluña, el sector que se pretende regular afecta a las mas de 60 escuelas que imparten cursos de formación, a los 3.500 establecimientos que ofertan estos servicios y a los 5.000 profesionales que conforman el sector y lo mismo sucede en el resto de Comunidades Autónomas.
c) Desde el 28 de junio de 1989 en que la Comisión de Política y Empleo del Congreso de Diputados aprobó una proposición no de Ley sobre regulación de las técnicas terapéuticas de homeopatía y acupuntura (expdte. Núm. 1611227), instando al Gobierno a su regulación, han pasado 20 años (muchos). Sin embargo, tenemos una respuesta escrita reciente (Respuesta 684/003629, de 6 de febrero de 2009) del Gobierno de la Nación a preguntas e interpelaciones parlamentarias en la que textualmente se dice: “El Ministerio de Sanidad y Consumo está trabajando en conocer la situación de las terapias no convencionales en España. Para ello, ha creado un Grupo de trabajo de terapias naturales que celebró su primera reunión el 7 de febrero de 2008, con el fin de propiciar una reflexión conjunta entre el Ministerio de Sanidad y Consumo y las Comunidades Autónomas, que concluya con un informe a efectos de una futura regulación de las terapias naturales. Inicialmente se tiene previsto elaborar, a través de un Grupo mas reducido, un documento de análisis de la situación de las terapias naturales en España (formación de profesionales y centros) y a nivel internacional (centros profesionales y las propias terapias). En dicho informe se incluye un apartado de revisión de la evidencia científica disponible acerca de la seguridad, eficacia, utilidad y eficiencia de las terapias naturales. A la vista de la información obtenida en este análisis de situación, se abordará una segunda fase, en la que se plantearán diferentes alternativas sobre la posible regulación del tema, en lo referente a centros, a los profesionales y/o a las propias técnicas”.
d) Desde el 2004 existe el compromiso electoral en el programa del Partido Socialista de regular el sector de las Terapias Naturales, además de las recomendaciones de la Unión Europea que reclaman una regulación de estas actividades, muy presentes en las sociedades adelantadas.
e) El hecho de que otros países de nuestro entorno hayan establecido regulaciones al respecto, avala que también se haga en España, donde hoy el colectivo afectado tiene un peso muy importante y cada vez atiende a un porcentaje mas elevado de la población (y sigue creciendo).
Como decía en mi escrito del año 2007, sigo pensando que el tema va para largo, si bien lo del análisis real y concienzudo de la situación, al que me refería por aquel entonces, parece que ya lo está realizando el Ministerio de Sanidad y Consumo. Esperemos que antes de que el Tribunal Constitucional diga la última palabra, si a él se acude, ya exista una regulación a nivel Estatal de las Terapias Naturales que no haga necesario discutir el Decreto de la Generalitat de Cataluña. Para ello sería inteligente, no sólo el acuerdo entre el Ministerio de Sanidad y la Consellería de Marina Geli, sino aprovechar todos los estudios y trabajos realizados en la elaboración del Decreto, que son muchos y muy serios. Los ciudadanos lo agradeceríamos por el ahorro de coste que nos supone. No sigamos abriendo zanjas en el mismo sitio que ántes, poco después de pasar los tubos del gas para pasar la fibra óptica y, mucho menos, no dejemos la zanja abierta con tablones de paso durante muchos años. En materia de regulación hay temas, como el del reconocimiento a los terapeutas en ejercicio o personas cursando estudios que el Decreto tiene muy bien resueltos y que siguen siendo válidos, al margen de quien diga el Tribunal Constitucional que debe legislar al respecto. La Sentencia del TSJC sirve, de forma muy clara, para evidenciar la necesidad de la regulación pretendida, le corresponda legislar al Estado o a las Comunidades Autónomas. Esperemos que nuestros políticos estén a la altura de lo que han evidenciado los Tribunales y la sociedad conoce sobradamente. En este sentido, bienvenida la Sentencia del TSJC y, desde aquí, animar a la Consellera Marina Geli para que siga por el camino emprendido y felicitarla por no cerrar los ojos, ante una situación que hoy ya si que reconocen todos que precisa regularse.