Rafael Manzanera, director general de Recursos Sanitarios
El Gobierno catalán quiere regular el ejercicio de la terapias naturales y ha optado por un decreto que recoge los modelos mixtos -sanitarios y no sanitarios- de Holanda y Dinamarca. A pesar del rechazo de la OMC, el autor entiende que se vela por la salud del ciudadano.
La existencia de numerosas actividades relacionadas con las terapias naturales es una realidad palpable en toda Cataluña. Ahora, con su regulación iniciamos un camino de reconocimiento jurídico de esta realidad positiva. El primer paso ha sido la promulgación de un decreto que, tras su mejora en la fase de alegaciones, será, por primera vez en nuestro país, el marco legal que indique qué terapias naturales se regulan en un inicio, qué habilidades y competencias deben tener los que llevan a cabo estas materias y de qué modo se evaluarán. Además, la regulación de los centros de terapias naturales definirá con claridad cuáles estarán ejercidas por profesionales sanitarios y cuáles por personas formadas en alguna de estas terapias, a quienes se les denomina prácticos.
El proceso de regulación de las terapias naturales, que se inició a finales de los años noventa con la aprobación unánime de una resolución por parte de todos los partidos políticos del Parlamento de Cataluña, impulsa hoy la necesidad de esta regulación que se inicia con un amplio acuerdo de todos los agentes implicados.
Los contenidos del decreto, el cómo de la regulación, merecen un comentario aparte. Posiblemente la razón esencial para que este proyecto surja en Cataluña se deba a la existencia de colegios profesionales (médicos, farmacéuticos, enfermeros y fisioterapeutas) altamente sensibilizados y permeables a la realidad social existente y con una constante preocupación tanto por la seguridad de los pacientes como por el bienestar de los ciudadanos y el desarrollo profesional, así como un colectivo de prácticos en terapias naturales altamente interesados en clarificar y cualificar su situación actual. En este sentido, el decreto de terapias naturales también facilitará, por parte del paciente, la identificación y la libre capacidad de elegir a quien tiene delante, la formación de éste (si es sanitaria o no sanitaria), su responsabilidad (profesional y civil) y su trabajo en conexión con el sistema sanitario. En España, según datos del Ministerio de Hacienda, se declaran 300.000 consultas diarias por parte de personal no médico que trabaja bajo el epígrafe de profesiones parasanitarias
Actualmente un 30 por ciento de las personas usa las terapias naturales en los países desarrollados, un uso que se relaciona con el desarrollo económico y social de los Estados, con la necesidad de añadir nuevos cuidados a los ya provistos por la asistencia sanitaria convencional y que se duplica, hasta el 70 por ciento de usuarios, entre aquellas personas afectas por algunas enfermedades crónicas. Todo este colectivo no es una realidad a desconsiderar, como tampoco lo son los miles de sanitarios (médicos, enfermeros, fisioterapeutas y farmacéuticos) y prácticos formados en nuestro país que no pueden ser desconsiderados como agentes de salud. Si en nuestros objetivos de salud pública se incluye la orientación de los profesores de instituto, de los entrenadores deportivos y de los periodistas como agentes de los objetivos de salud, ¿cómo vamos a olvidarnos de los prácticos en terapias naturales?
La regulación que se propone en Cataluña es similar a la de algunos países europeos. Ante la realidad de que no existe una norma internacional única y que la propia Organización Mundial de la Salud en el año 2004 respaldaba, sin concretar un sistema único, el uso de las terapias naturales y su regulación, se ha optado por un esquema mixto. Teniendo en cuenta aspectos de políticas exclusivistas como la de Francia -cumplimiento estricto de las competencias médicas y sanitarias- y la más tolerante de Alemania o Bélgica -dando un papel a los prácticos en terapias naturales-, se ha configurado un sistema mixto similar al de Holanda y Dinamarca, con un criterio estricto en la evaluación de competencias (prueba de evaluación), de código de buenas prácticas y de respeto escrupuloso a las competencias que nuestra sociedad reserva a médicos y a otros profesionales sanitarios.
Discutible jurídicamente
La regulación que se ha diseñado en Cataluña para las terapias naturales (acupuntura y terapias orientales afines, criterio naturista, terapias y técnicas manuales y criterio homeopático) podrá ser discutible jurídicamente, pero es evidente su interés por la salud de la población y su protección, por la integración de todas las actividades de salud, por el respeto a las competencias profesionales y por la búsqueda del consenso y la sinergia en su desarrollo.
Las conversaciones mantenidas con todos los agentes (colegios profesionales, secciones colegiales, entidades de terapias naturales); el trabajo de más de cien expertos dando soporte al Instituto de Estudios de la Salud, entidad de prestigio para la definición y evaluación de competencias técnicas, y la voluntad política del Gobierno en el reconocimiento y la regulación de nuestra realidad social, así lo han pretendido. El proceso llevado a cabo nos demuestra que con consenso y sumando esfuerzos se pueden alcanzar objetivos, también ante otras muchas realidades que pueden necesitar de recetas similares.
Fuente: Diario Médico