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Fundación Europea de Medicina Tradicional Complementaria e Integrativa

La regulación de la osteopatía en Italia: de práctica complementaria a profesión sanitaria reconocida

Julio del 2026

Italia se ha convertido en uno de los países europeos que ha desarrollado un proceso más completo de integración de la osteopatía dentro de su sistema sanitario. Tras décadas de ejercicio profesional sin un reconocimiento jurídico específico, la osteopatía ha pasado a ser una profesión sanitaria oficialmente reconocida por el Estado italiano, dotada de perfil profesional propio, formación universitaria reglada y mecanismos de reconocimiento de títulos. Este proceso culmina una reivindicación histórica de los profesionales osteópatas italianos y constituye una referencia de interés para otros países europeos que estudian la regulación de esta disciplina.

Hasta 2018, la osteopatía era una actividad ampliamente practicada en Italia, pero carecía de reconocimiento legal como profesión sanitaria. Los osteópatas ejercían principalmente en el ámbito privado, con formaciones impartidas por escuelas especializadas, muchas de ellas vinculadas a estándares europeos de enseñanza osteopática.

La ausencia de regulación generaba diversos problemas:

  • Falta de protección del título profesional.
  • Ausencia de criterios uniformes de formación.
  • Inseguridad jurídica para pacientes y profesionales.
  • Dificultades para la integración en el sistema sanitario público.
  • Imposibilidad de establecer un registro profesional oficial.

El punto de inflexión llegó con la Ley nº 3 de 11 de febrero de 2018, conocida como “Ley Lorenzin”, que reformó las profesiones sanitarias italianas e incorporó expresamente la figura del osteópata como nueva profesión sanitaria. Esta norma no reguló de forma inmediata todos los aspectos de la profesión, pero estableció el marco jurídico para su desarrollo posterior.

La ley encomendó al Gobierno y a las autoridades sanitarias la elaboración de:

  • El perfil profesional del osteópata.
  • Sus competencias y funciones.
  • Los criterios de reconocimiento de títulos previos.
  • El modelo de formación universitaria.
  • El futuro sistema de inscripción profesional.

Este reconocimiento situó a la osteopatía en una posición equivalente a otras profesiones sanitarias reconocidas por el ordenamiento italiano.

Un segundo paso decisivo se produjo con el Decreto del Presidente de la República nº 131, de 7 de julio de 2021, que aprobó oficialmente el perfil profesional del osteópata.

Según esta regulación, el osteópata es un profesional sanitario que desarrolla actividades de prevención y mantenimiento de la salud mediante tratamientos osteopáticos manuales dirigidos a disfunciones somáticas no asociadas a patologías, especialmente en el ámbito musculoesquelético.

Entre sus competencias destacan:

  • La valoración osteopática mediante observación, palpación y pruebas funcionales.
  • La planificación del tratamiento osteopático.
  • La aplicación de técnicas exclusivamente manuales, externas y no invasivas.
  • La colaboración interdisciplinar con otros profesionales sanitarios.
  • La derivación del paciente cuando sea necesaria una evaluación médica.

La norma delimita claramente el ámbito de actuación del osteópata, diferenciándolo tanto de la medicina como de la fisioterapia.

La regulación italiana no se limitó al reconocimiento profesional. Uno de sus elementos más relevantes fue la creación de una formación universitaria oficial.

Mediante el Decreto Interministerial nº 1563, se estableció el ordenamiento didáctico de la titulación universitaria en Osteopatía, integrada dentro de las profesiones sanitarias. El nuevo modelo prevé una formación universitaria habilitante que permite acceder directamente al ejercicio profesional.

Esta decisión supone un cambio estructural de enorme importancia, ya que la osteopatía deja de depender exclusivamente de escuelas privadas y pasa a formar parte del sistema universitario italiano, garantizando:

  • Homogeneidad formativa.
  • Control académico.
  • Evaluación pública de competencias.
  • Integración con el resto de profesiones sanitarias.

Uno de los mayores desafíos de cualquier proceso regulatorio es resolver la situación de los profesionales que ejercían antes de la entrada en vigor de la nueva normativa.

Italia abordó esta cuestión mediante un sistema de equiparación y reconocimiento de títulos preexistentes. En mayo de 2026 se publicó el decreto que establece los criterios para reconocer la formación y experiencia profesional acumulada por miles de osteópatas que ya ejercían en el país.

El sistema contempla:

  • Evaluación de títulos previos.
  • Valoración de la experiencia profesional.
  • Procedimientos de equipolencia.
  • Posibles medidas compensatorias cuando sea necesario.
  • Incorporación progresiva al nuevo marco regulado.

Este mecanismo pretende evitar que profesionales con años de experiencia queden excluidos del nuevo sistema.

La publicación de los últimos decretos de equipolencia en 2026 ha permitido completar el proceso regulatorio iniciado en 2018 y abrir definitivamente la puerta a la incorporación de la osteopatía al Servicio Sanitario Nacional italiano.

La regulación facilita:

  • La contratación de osteópatas en centros sanitarios públicos.
  • La colaboración multidisciplinar con médicos y otros profesionales sanitarios.
  • La creación de registros y colegios profesionales.
  • El establecimiento de estándares nacionales de calidad y seguridad asistencial.

El modelo italiano presenta especial interés desde una perspectiva comparada porque combina varios elementos que rara vez coinciden en una misma regulación:

  1. Reconocimiento legal como profesión sanitaria.
  2. Definición precisa de competencias.
  3. Formación universitaria oficial.
  4. Procedimientos de reconocimiento para profesionales en ejercicio.
  5. Integración progresiva en el sistema sanitario público.

En este sentido, Italia se sitúa junto a países europeos como Reino Unido, Francia y Portugal entre los Estados que han optado por una regulación específica y estructurada de la osteopatía.

La evolución normativa italiana constituye uno de los ejemplos más significativos de reconocimiento e integración de la osteopatía en Europa. Desde la aprobación de la Ley 3/2018 hasta la culminación del sistema de reconocimiento de títulos en 2026, Italia ha transformado una actividad ejercida principalmente en el ámbito privado en una auténtica profesión sanitaria regulada, con formación universitaria, perfil profesional definido y acceso al sistema sanitario público.

Este modelo ofrece una experiencia particularmente relevante para el debate europeo sobre la regulación de las terapias manuales y las medicinas tradicionales y complementarias, al demostrar que es posible combinar seguridad jurídica, protección del paciente, calidad formativa e integración sanitaria dentro de un marco regulatorio moderno y basado en estándares profesionales.

 

Fuentes

  • Legge 3/2018 (Ley 3/2018): Conocida como "Ley Lorenzin", es la norma que reconoce e instituye formalmente la osteopatía como profesión sanitaria en Italia. Fue el marco legal fundacional que inició todo el proceso de regulación.
  • DPR 131/2021 (Decreto del Presidente de la República 131/2021): Este decreto, del 7 de julio de 2021, es fundamental porque oficializa y define el perfil profesional específico del osteópata, detallando sus competencias y su ámbito de actuación. Fue publicado en la Gazzetta Ufficiale (el BOE italiano) el 29 de septiembre de 2021 (N. 233).
  • Decreto Interministeriale n. 1563/2023 (Decreto Interministerial n. 1563/2023): Es el que establece la formación universitaria, creando la titulación de grado en Osteopatía dentro del sistema universitario oficial. Fue firmado el 1 de diciembre de 2023 por los Ministerios de Universidad e Investigación y de Salud.
  • DPCM 25 marzo 2026 (Decreto del Presidente del Consejo de Ministros de 25 de marzo de 2026): Se trata del decreto final que desarrolla los mecanismos prácticos de la transición. Define los criterios para el reconocimiento de los títulos y la experiencia profesional de los osteópatas que ya ejercían antes de la nueva regulación. Fue publicado en la Gazzetta Ufficiale el 22 de mayo de 2026 (Serie General n. 117) y se le conoce también como "decreto de equipolencia".

 

 

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